martes, 3 de mayo de 2016

Cálculo de bonificaciones en el nuevo Contrato para la Formación y el Aprendizaje. Pagos a Centros Acreditados


Las empresas que contraten trabajadores/as bajo la modalidad de Contrato para la Formación y el Aprendizaje, podrán financiarse el coste de la formación inherente al contrato mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Este coste financiable de la formación en el contrato para la formación y el aprendizaje podrá ser como máximo de 5 Eur/hora (en modalidad teleformación) o de 8 Eur./hora (en modalidad presencial).
El importe máximo a bonificar dependerá de la jornada anual del convenio de referencia de cada empresa, teniendo en cuenta que en el primer año no se podrá superar el 25% de esta jornada anual y; en el segundo y tercer año el 15%.
Caso práctico de un convenio con 1800 horas anuales:
Horas anuales del convenio de referencia de la empresa:1800 horas
Máximo a bonificar el primer año (25%):450 horas
Máximo a bonificar el segundo y tercer año (15%):270 horas

La facturación de los centros de formación se ajustará a los porcentajes descritos en el párrafo anterior, prorrateando el coste total durante toda la vigencia del contrato.
Caso práctico de un mes de formación completo en el primer año de contrato:

Coste total de la formación el primer año:
450 horas x 5 Eur./hora(teleformación)=2.250 Eur.
Coste mensual a facturar:
187,50 Eur.(Importe a bonificar)

El pago al centro deberá realizarse durante el mes siguiente a la finalización del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a cada mes, hasta que finalice el contrato inicial o las prórrogas.

La formación de un contrato que comience en febrero se bonificará en los Seguros Sociales del mismo mes a presentar durante el mes de marzo. El centro facturará la formación del mes de febrero y pasará al cobro el recibo durante el mes de abril, y así sucesivamente durante el resto de meses de vigencia del contrato.

Las facturas de los centros de formación deben estar en la empresa a disposición del Servicio Público de Empleo Estatal y demás organismos facultados para su control durante el plazo de cinco años. Los costes de la formación objeto de bonificación deberán quedar expresamente identificados en la contabilidad de la empresa.
En Abire le ofrecemos toda nuestra experiencia en la gestión del nuevo Contrato para la Formación y el Aprendizaje. Llámenos sin compromiso.





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